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Factura electrónica obligatoria: qué cambia para tu empresa

Un PDF enviado por correo electrónico no es una factura electrónica. Esa frase resume la confusión más extendida sobre la obligación que llega con la Ley Crea y Crece. Si facturas a otras empresas o a otros autónomos, en los próximos años tendrás que emitir y recibir tus facturas en un formato que los programas puedan leer solos. Te explicamos qué cambia, cuándo y por dónde empezar.

Qué es la factura electrónica obligatoria entre empresas

La Ley 18/2022, conocida como Ley Crea y Crece, obliga a que todas las facturas entre empresarios y profesionales (lo que se llama facturación B2B) se emitan en formato electrónico estructurado. Su objetivo declarado es doble: reducir la morosidad —permitiendo saber cuándo se paga realmente cada factura— y digitalizar el tejido empresarial.

«Estructurado» significa un archivo con los datos ordenados en campos que un programa lee e interpreta sin intervención humana: Facturae, UBL o CII, todos ellos basados en XML. Un PDF, por muy bien maquetado que esté, no cumple: para el ordenador que lo recibe es una imagen con letras.

Verifactu y factura electrónica no son lo mismo

Es la duda que más nos llega al despacho, así que vamos con la comparación directa:

Verifactu Factura electrónica B2B
Norma RD 1007/2023 (ley antifraude) Ley 18/2022, Crea y Crece
Qué regula Cómo debe comportarse tu programa de facturación En qué formato intercambias las facturas
Objetivo Que las facturas no se puedan alterar ni borrar Reducir la morosidad y digitalizar
A quién facturas A cualquiera, también a particulares Solo operaciones entre empresas y autónomos
Cuándo 2027 Por fases, a partir de 2027

Son obligaciones acumulativas: cumplir una no te exime de la otra. Si quieres el detalle de la primera, lo tienes en nuestro artículo sobre las nuevas fechas de Verifactu.

Calendario previsto

La cuenta atrás no arranca con la ley, sino con el desarrollo reglamentario y la orden ministerial que fija las especificaciones técnicas. A partir de ahí, la implantación es escalonada:

Según el calendario que se maneja, la primera fase entraría en juego a lo largo de 2027 y la segunda en 2028. Conviene seguir la evolución: estas fechas han cambiado ya varias veces y dependen de la publicación de la orden técnica.

Un matiz que sorprende a mucha gente: aunque tu obligación de emitir llegue en la segunda fase, tus clientes grandes empezarán a mandarte facturas electrónicas antes. Merece la pena estar preparado para recibirlas.

Qué obligaciones concretas trae

El punto de los estados de pago es el que de verdad cambia las reglas del juego: por primera vez habrá un registro de quién paga tarde. Si sueles cobrar con retraso, vas a tener un argumento objetivo; si eres tú quien se retrasa, va a notarse.

Qué pasa si no cumples

La Ley Crea y Crece prevé multas de hasta 10.000 € para quien no ofrezca a sus clientes la posibilidad de recibir facturas electrónicas o no facilite el acceso a ellas. A eso se suma un efecto menos visible pero más inmediato: quedar fuera de las licitaciones y de determinadas ayudas públicas, que ya exigen facturar en electrónico.

Cómo prepararte sin gastar de más

  1. Cuenta cuántas facturas B2B emites al mes. No es lo mismo veinte que dos mil: la solución (y su precio) es distinta.
  2. Habla con tu proveedor de software. Muchos programas de facturación ya generan Facturae y se están adaptando a la vez a Verifactu. Resuelve las dos cosas de una sola vez.
  3. Depura tu base de clientes. NIF, razón social, dirección fiscal y datos de contacto correctos: sin eso, el intercambio automático falla.
  4. Consulta el Kit Digital y las ayudas vigentes antes de contratar nada. Buena parte del coste puede estar subvencionada.
  5. No corras a comprar la primera plataforma que te llame por teléfono. Habrá una solución pública gratuita y, para volúmenes pequeños, puede ser más que suficiente.

Preguntas frecuentes

Si solo facturo a particulares, ¿me afecta?

La obligación de la Ley Crea y Crece es para operaciones entre empresas y profesionales. Si tu cliente es un consumidor final, no entra. Ahora bien, Verifactu sí te afecta igualmente.

¿El PDF firmado electrónicamente vale?

No para esta obligación. Se exige formato estructurado que la máquina pueda procesar.

¿Tendré que pagar una plataforma?

No necesariamente. Podrás usar una solución privada o la pública que habilite la Administración. La elección depende de tu volumen y de con quién trabajes.

¿Y si ya emito facturas a la Administración por FACe?

Vas con ventaja: ya trabajas con Facturae, que es uno de los formatos admitidos.

Preparamos tu facturación contigo

En Adine llevamos la facturación y la contabilidad de empresas y autónomos de Murcia desde hace más de 20 años. Analizamos cómo facturas hoy, qué obligación te toca primero y qué solución encaja con tu volumen real, sin venderte software que no necesitas.

Puedes ver nuestros servicios de contabilidad y facturación, la gestión de la actividad o los servicios para sociedades y autónomas y autónomos.

¿Empezamos por revisar tu caso? Escríbenos y te decimos qué necesitas de verdad.

Última actualización: julio de 2026. Información de carácter general que no sustituye al asesoramiento personalizado; el calendario definitivo depende del desarrollo reglamentario en curso.

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